Un joven de 20 años fue condenado a seis años de prisión como autor del delito de abuso sexual con acceso carnal, vía vaginal. Además se le mantuvo la prisión preventiva hasta que el fallo quede firme. La víctima fue una prima de 14 años. También hubo otras dos condenas en la localidad de Victorica...

08/11/2021 13:29
fuente: Prensa STJ

El conflicto penal se resolvió por la vía alternativa del juicio abreviado, convenido entre las fiscalas de General Acha y 25 de Mayo, Paula Duscher y Eugenia Bolzan, respectivamente; el defensor particular, Benjamín Ortiz, y el propio imputado, quien admitió su responsabilidad en el hecho. La sentencia fue dictada por el juez de audiencia santarroseño, Carlos Alberto Besi, y la madre de la menor, al ser notificada de los alcances del acuerdo, también prestó su consentimiento.

En cambio, la asesora de Niñas, Niños y Adolescentes de General Acha, María Agostina Pensa, se opuso por entender que no se receptaron las circunstancias particulares de vulnerabilidad de la víctima, ni se comprendieron los daños causados a ella. “La asesora presentó un informe, donde expresó que se encontraban involucrados, de manera especial, derechos y garantías de la menor –víctima de agresión física, psicológica y especialmente sexual por parte de su primo–, por lo que debió activarse la aplicación en su máxima extensión” de las disposiciones previstas en las leyes 26061 (Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes) y 26485 (Protección Integral contra las Mujeres) y las convenciones internacionales en materia de violencia de género y niñez.

Con las pruebas reunidas durante la investigación fiscal preparatoria, quedó acreditado que el acusado, después de haber estado limpiando el patio, regresó a la casa de su prima con el argumento de que se había olvidado unas herramientas. Le pidió a su prima un vaso de agua e ir al baño. Cuando ella lo estaba despidiendo, el agresor la tomó de las muñecas, le tapó la boca y cometió el abuso.

Besi, tuvo en consideración, entre otros elementos probatorias, la denuncia radicada por la progenitora de la víctima, los informes psicológico y ginecológico, la pericia del Laboratorio de Genética Forense sobre ropas de la menor y la entrevista de la adolescente en Cámara Gesell.

 

Amenazas con arma a hermana

Por otro lado, el juez de control de Victorica, Carlos Espínola, condenó a un hombre de 30 años a un año de prisión en suspenso, por los delitos de amenazas agravadas por el empleo de armas y lesiones leves agravadas por mediar violencia de género, todo en concurso real. A su vez le fijó el cumplimiento, durante dos años, de reglas de conducta (fijar residencia, presentarse al Juzgado de Paz de su localidad en forma trimestral, someterse al contralor del Ente de Políticas Socializadoras, realizar un tratamiento psicológico y cesar los actos de perturbación o Intimidación que directa o indirectamente efectúe sobre la víctima).

¿Cuáles fueron los hechos? Luego de compartir un asado familiar, y consumir bebidas alcohólicas, agredió a una hermana que intercedió porque el acusado quería que la hermana menor saliera del baño. Por ello la golpeó con los puños, la agarró de los pelos y la arrastró por un pasillo de la vivienda. Luego, tomó un cuchillo y dijo: “yo me voy a ir, pero antes la voy a matar a la hija de p… esta”. La mujer, como consecuencia de la golpiza, sufrió escoriaciones en varias partes del cuerpo.

“El empleo de un arma, como es un cuchillo de cocina, agravó la figura penal de las amenazas”, sostuvo el magistrado en el fallo, y agregó que “ambas figuras se vieron agravadas por haberse  cometido (los delito) por un hombre adulto joven y en perjuicio de mujeres”, constituyendo actos de violencia de género, que fueron graficados en el informe de la Oficina de Atención a la Victima y a los Testigos.

La sentencia de Espínola fue rubricada a raíz de un acuerdo de juicio abreviado presentado, en forma conjunta, por el fiscal de Victorica, Juan Cupayolo, y la defensora oficial, Mariana Zabala. La víctima también dio su conformidad.

 

Tres años a un abuelo

En otra sentencia, Espínola condenó a un abuelo de 74 años a la pena de tres años de prisión en suspenso por resultar autor del delito de abuso sexual simple agravado, en perjuicio de un nieto. ¿Qué ocurrió? El imputado, en varias oportunidades, realizó tocamientos contra el menor de cuatro años cuando quedaba a su cuidado, debido a que su hijo trabajaba en un comercio durante la siesta.

Se trató de otro juicio abreviado convenido por Cupayolo y Zabala, que contó con la aprobación de la madre del niño.

En la parte resolutiva, el dispuso por dos años que el acusado deberá fijar domicilio, concurrir cada tres meses al Juzgado de Paz del lugar donde vive, someterse al cuidado de la Unidad de Abordaje, Supervisión y Orientación para personas en conflicto con la ley penal y no acercarse ni mantener contacto con la víctima y sus progenitores.

Además, una vez que el fallo quede firme, tendrá que comunicárselo a la Procuración General para que el abuelo sea incluido en el Registro de Procedimiento y Notificación de Antecedentes de condenados por delitos contra la integridad sexual.

Espínola, en base a las pruebas, señaló que la denuncia de la madre, el testimonio de la víctima en Cámara Gesell y el informe psicológico “corroboraron la vinculación del imputado con los hechos” y añadió que la profesional remarcó la existencia de compatibilidad entre los hechos y el relato del chico.

“Evidentemente existió el aprovechamiento de una situación de confianza, como abuelo al quedar al cuidado del niño, mientras el padre se encontraba trabajando (…), conductas que por falta de comprensión del niño e imposibilidad de consentir, afectó su libertad sexual”, concluyó el juez.​


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