Se trata de un sujeto de 45 años, del que no se dio a conocer su identidad, quien fue condenado este viernes por el juez Daniel Sáez Zamora.

26/07/2024 17:52
fuente: Prensa STJ

El juez de audiencia santarroseño, Daniel Alfredo Sáez Zamora, condenó hoy a cinco años de prisión a un hombre de 45 años por ser autor del delito de abuso sexual simple de una menor de 13 años, agravado por ser el acusado encargado de la guarda y la convivencia preexistente siendo la víctima menor de 18 años, como delito continuado. La víctima fue una hija de una expareja y los hechos fueron enmarcados en las leyes 26485 y 26061.

El magistrado, con las pruebas reunidas durante el debate oral, dio por acreditado que el acusado agredió sexualmente en forma reiterada a la niña cuando tenía entre 8 y 12 años. Los hechos ocurrieron en dos casas donde convivieron.

Durante los alegatos, el fiscal Andrés Torino había pedido una pena de 14 años por abuso sexual simple y abuso sexual con acceso carnal vía anal, a una menor de 13 años, como delito continuado y calificado por ser el imputado el encargado de la guarda y por la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años.

Sin embargo, Sáez Zamora descartó el abuso con acceso carnal al sostener en el fallo que en base a los testimonios y a las evidencias físicas “no se puede afirmar con certeza si hubo penetración o algún otro tipo de maniobra con connotación sexual, sin penetración”; agregando que “esta circunstancia no fue despejada por la acusación y ello implica una situación de incertidumbre que favorece al acusado”.

“En definitiva, con el cuadro probatorio existente, no puedo afirmar con la certeza necesaria que requiere un pronunciamiento de condena, que haya efectivamente existido penetración vía anal por parte del acusado en contra de la niña –acotó–. Con esta conclusión no estoy afirmando que la víctima haya mentido, sino que el conjunto probatorio e indiciario presentado en este punto por la acusación resultó incompleto, con incógnitas que no han podido ser despejadas” y, por consiguiente, debe aplicarse el beneficio de la duda a favor del reo.

Por su parte, la defensora oficial, Alejandra Gabriela Moyano González, había alegado por la absolución del acusado.

Sáez Zamora, además de condenarlo a cinco años, lo absolvió por el delito de abuso sexual con acceso carnal, ordenó la prisión preventiva hasta la finalización del proceso y su detención inmediata cuando la sentencia quede firme.


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